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INFORMACIÓN GENERAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| INFORMACIÓN
ADMINISTRATIVA |
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| Adaptándose
a lo establecido por la Comunidad Europea en materia de inspecciones periódicas
de automóviles, se reguló en España por Real Decreto
2344 de 1985, actualizado por el Real Decreto 2042/1994 de 14 de Octubre
de 1994, la obligatoriedad de la Inspección Técnica de Vehículos,
fundamentada en una revisión que minimizase el riesgo de accidentes
por causas técnicas y verificase la aptitud de los vehículos
para circular. El calendario de revisiones fue fijado por la Administración Central, que trasladó más tarde las competencias a las diversas Comunidades Autónomas. De esta forma, se implantó en España un sistema de inspección fiable y seguro, con voluntad de servicio al público, cuyo fin era y es eliminar en lo posible el riesgo de accidentalidad y contribuir por tanto a una mayor seguridad vial. Todos los vehículos matriculados en territorio español. Los vehículos que, debiendo hacerlo, no hayan pasado la Inspección, se encontrarán en situación de ilegalidad, y la legislación vigente prevé sanciones para ellos. En este sentido, el identificativo adhesivo que certifica haber pasado la ITV deberá colocarse, bien visible, en el ángulo superior derecho del parabrisas. |
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| CUÁNDO
PASAR LA ITV
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| EN LA
REVISIÓN
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| En primer lugar, se lleva
a cabo la identificación del vehículo. Se comprueba aquí
que la marca, tipo, número de bastidor y matrícula coinciden
con los datos que aparecen en la documentación. El usuario deberá
presentar a la inspección los originales de la Tarjeta
de Inspección Técnica y el Permiso de
Circulación. |
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| IMPORTANTE
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| Mantenga
el buen estado general de los diferentes elementos de su automóvil.
No olvide llevar con usted los originales de la Tarjeta de Inspección Técnica y el Permiso de Circulación. Solicite información telefónicamente a la estación ITV de su conveniencia, donde se le facilitará fecha y horario para llevar a cabo la inspección. Consulte aquí la ITV mas cercana a su domicilio. Por su propio beneficio, exija a la estación ITV el cumplimiento de todas las etapas previstas en la inspección. |
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